Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por las Abogadas en ejercicio SOLIS HEREDIA Y AURA PARADA, inscrito en el I.P.S.A. bajo los Nros. 101.460 y 101.466, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, en contra de auto de fecha 27 de octubre 2010, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes en incidencia por Desconocimiento de Instrumento Privado (Cotejo) en juicio en procedimiento por cobro de prestaciones sociales incoado en contra de la empresa INVERSIONES S.R.H. C.A. En consecuencia se confirma el auto recurrido.