CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero:CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana,ROSANGEL ESQUEDA DE ABDEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.989.426,en contra del ciudadanoMUTALEB ABDEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.246.604, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde elveinticinco (25) de julio de mil novecientos noventa y seis (1996), hasta la presente fecha.Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la .....