DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR recurso de apelación ejercido por la parte demandada y recurrente en contra de sentencia de fecha 17 de junio del año 2013, dictada por el Tribunal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en consecuencia se confirma el fallo recurrido. Hay condenatoria en Costas a la parte recurrente en el presente recurso.