este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, y administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la demanda por reconocimiento de contenido y firma del documento objeto de la presente causa, intentada por el ciudadano Eddiez José Sevilla Rodríguez, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 70.023, contra Wilmer Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.979.459.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida.
TERCERO: Por cuanto la sentencia fue proferida fuera del lapso legalmente previsto para ello se acuerda la notificación de las partes a tenor de lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese, déjese copia.