PERENCION. Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza definitiva en virtud de la cual este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara consumada LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, incoado por el ciudadano GERARDO VITALE GALIZZOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.042.87, en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S), todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 201 y 202 de la vigente Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-