Esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
PRIMERO: Se revoca la Medida Provisional de Colocación Familiar en Entidad de Atención, de fecha 23 de Noviembre de 2011, que protegía a los niños se omiten nombres de conformidad con el artículo 65 Lopnna. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena la reinserción de los niños se omiten nombren de conformidad con el artículo 65 Lopnna en el hogar de los abuelos maternos y bajo la responsabilidad de los ciudadanos: Vicente José Valero Duarte y Petra Francisca Tovar, titulares de la cédula de identidad números V-3.495.853 y V-8.731.516 respectivamente. Así se decide.
TERCERO: Como consecuencia de la presente reinserción de los niños a su familia de origen, se ordena hacer seguimiento conforme a lo dispuesto en el Articulo 397 D, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así se decide.
CUARTO: Se insta a los ciudadanos Vicente Valero, Pe.....