DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida dictada en fecha 18-03-2008 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, mediante la cual acordó decretar la medida judicial de privación preventiva de libertad a los encausados José Alfredo Reyes Díaz, Andrés Alejandro Castillo Díaz y Henry José Silva Díaz, plenamente identificados, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, porte ilícito de arma de fuego, privación ilegítima de libertad y lesiones personales, previstos y sancionados en los artículos 458, 277, 174 y 413 todos del Código Penal y TERCERO: NIEGA la sustitución de la medida judicial de privación de liber.....