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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y con Competencia Territorial en el Municipio Arismendi del estado Barinas con sede en San Carlos, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, debe forzosamente declarar INADMISIBLE el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, por cuanto se configuró el supuesto previsto en articulo 17 Parágrafo Segundo de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, interpuesto por el ciudadano EMIR JOSÉ MOROS ADAMS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.315.256, de este domicilio, asistido por el abogado MANUEL ASSAD BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.777.725, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.580, de este domicilio, contra los actos administrativos dictados por el Directorio del