III
DE LA DECISION
Es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Con Lugar la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del niño xxxxxx, signada bajo el número (1669), del folio vto. 392, correspondiente al año dos mil cuatro (2004), asentada en el Registro Civil del Municipio San Carlos del estado Cojedes, en el cual se escribió erróneamente el nombre del niño, y sea rectificada única y exclusivamente el acta de nacimiento del niño Yhossel Jesús en el libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio San Carlos y el Registro Principal del estado Cojedes, de la manera siguiente donde dice "...xxxxxx...", siendo lo correcto "...xxxxxxx...".
Ofíciese lo conducente, al Registro Civil del Municipio San Carlos y al Registro Principal del estado C.....