CAPITULO III
DE LA DECISION:
En mérito a lo expuesto esta juzgadora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara:
PRIMERO: Con lugar el establecimiento de una pensión alimentaria al ciudadano RAFAEL TOBIAS FARFAN GALINDEZ, a favor de sus hijas las niñas: xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxx Y xxxxxxxxxxxxx.
SEGUNDO: El monto establecido es de una sexta parte de un salario mínimo nacional urbano, para cada una de las reclamantes que deberá pasar mensualmente en forma continua y consecutiva, el obligado alimentario a las hijas reclamantes, debiendo ser descontadas las cantidades establecidas directamente de la nómina y entregarlas directamente a la madre, ciudadana ELIANA COROMOTO MOLINA, contra recibo firmado por ésta, en señal de liberación. Los montos establecidos deberán retenerlos y empezar a pagarlos el patrono desde el momento en que le sea notificada esta sentencia y hasta que el tribunal ordene otra cosa.
TERCERO: .....