este Tribunal le sea conferido al penado el beneficio de Destacamento de Trabajo, y se ordene la practica del examen psicosocial así como el informe de conducta y progresivita, esta Juzgadora antes de decidir sobre el fondo de la solicitud, esto es, el otorgamiento del Beneficio solicitado por la defensora a favor del penado de autos, considera necesario conocer el informe de progresividad y la conducta que presenta hasta este momento el penado antes identificado, razón por la que, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Solicitar Informe de Progresividad al Internado Judicial Carabobo con sede en Tocuyito, a objeto de obtener información en relación al avance y progreso en su conducta a los fines de la reinserción del penado. Líbrense las boletas de notificación a las partes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.