CAPITULO IV
DISPOSITIVA
En merito de la consideración expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo de Obligación de Alimentación (Homologación), incoada por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Juan Pablo II" estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses de quien para el momento eran niños hoy son jóvenes adultos Deilyn Julieth y Willians Gabriel Mejías Medina, de veinte (20) y dieciocho (18) años de edad respectivamente, a requerimiento de su progenitora ciudadana Deisy Josefina Medina Quiroz, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de id.....