Firme como ha quedado la sentencia este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 186 del Código Civil, ordena su EJECUCION, expídase por secretaria cuatro (4) copias certificadas de la sentencia y del presente auto. Remítase dos de las mismas con oficio, una a la Oficina de Registro Civil del Municipio Tinaco del Estado Cojedes y otra a la Oficina de Registro Principal del Estado Cojedes y dos a los solicitantes. Se comisionó para la obtención de las copias a la ciudadana Carmen Isabel Esqueda, Asistente de este Juzgado, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.422.475, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.