Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana: MELITZA NATALY DE LA CRUZ GUEVARA, titular de la cedula de identidad Nº. 19.723.775, y a las 10:30 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana NIYRIELBY NOHELY DE LA CRUZ GUEVARA, titular de la cedula de identidad, Nº. 17.328.831, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.