En tal sentido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, cumplido el pago total por concepto de prestaciones Sociales y otros conceptos , a favor de la ciudadana ALEIDA YINET PAEZ titular de la Cedula de Identidad Nº 11.961.769,, le imparte la HOMOLOGACIÓN, prevista en el artículo 3 parágrafo único de la Ley orgánica del Trabajo vigente, por cuanto la misma ha cumplido satisfactoriamente los extremos de Ley. En consecuencia la presente surte los efectos de COSA JUZGADA contemplados en el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En este acto se ordena la entrega de las pruebas consignadas por las partes en la audiencia preliminar y el cierre y la remisión al archivo del presente expediente