Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONAELS, en fase declarativa del procedimiento de ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, intentado por los Abogados EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRÍGUEZ y JUAN PAULO RODRÍGUEZ, actuando en su propio nombre y representación, en contra el ciudadano JULIO SAMPER MARTÍNEZ, en su carácter de Representante Legal de la Empresa FUSELEC S.A., todos plenamente identificados en actas.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano JULIO SAMPER MARTÍNEZ, identificado en actas, al pago de los Honorarios Profesionales de Abogados EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRÍGUEZ y JUAN PAULO RODRÍGUEZ, una vez que la cantidad a la que asciendan los mismos se encuentre determinada de.....