DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Contencioso Administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la providencia administrativa Nº 0014-2015, de fecha 20 de febrero del año 2015, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO COJEDES; interpuesta por el ciudadano ALVARO JOSE OJEDA, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.067.121 (parte solicitante); asistido por el Abg. MATIAS RAFAEL PINO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 94.858.