Éste Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara Primero: COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de exequatur. Segundo: INADMINISBLE la presente solicitud de exequatur, presentada por la Abg. Sahedana Yamira Turbay Barreto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.423.394, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 133.844, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano Pedro Javier Ruíz Aular, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.618.028, requiriendo el pase de la sentencia dictada en fecha 24 de febrero del año 2011, por el Juez de Paz del Distrito Judicial Nº 3, de la ciudad de Valuikiy y Distrito Valuikiy, región Belgorod, mediante el cual se disolvió el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos Anna Vladimirovna Sitsko y Pedro Ja.....