este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 466, parágrafo Primero, literal "i", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, atendiendo al interés superior del adolescente de conformidad con el artículo 8 eiusdem, y en aras de garantizar el derecho a la educación previsto en el artículo 53 eiusdem; concéde Autorización Judicial Suficiente al adolescente SE OMITE NOMBRE, titular de la cédula de identidad Nº V-21.670.473, de diecisiete (17) años de edad, a los fines de que ingrese a cursar estudios en la Base Naval Almirante "Agustín Almerio", ubicada en la ciudad de Puerto Cabello estado Carabobo, visto que es un requisito solicitado para la inscripción en el mencionado Instituto. En el entendido de que responsabilidad de crianza, representación y administra.....