Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el presente procedimiento de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, incoado por la abogada DIOSMIRES MARGARITA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.674.226, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 157.432, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MAGDALENA NATIVIDAD DELGADO ABREU, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº 7.714.229.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en S.....