Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Pao de san Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, y en aras de salvaguardar el interés superior del niño y del Adolescente, y fundamentado tanto el precitado articulo 453 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente y en el criterio esbozado de la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia, según sentencia Nº 1873 de fecha 12 de agosto de 2002, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLINA LA COMPETENCIA y Remite el expediente Nº 2006-238 al Juzgado de Protección del Niño y de Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Notifíquese al Fiscal IV del Ministerio Público, al Defensor Publico y a las partes. Así se decide.
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PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sellado en la sala de Despacho de e.....