Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: UNICO: NIEGA la Medida Cautelar Innominada Anticipada Especial Agraria referida a la Protección de la continuidad de la Producción Pecuaria y Agrícola y Protección de la Conservación de los Recursos Naturales Renovables y el Medio Ambiente, solicitada por la Abogada DAISY GARCIA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.561.905, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.957, en cu condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil GANADERÍA SANTA MARÍA C.A. ASI SE DECIDE.