Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 11:00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana: MIRLA ZULAY ARTEAGA MORENO, titular de la cédula de identidad Nº. 10.991.532 y a las 11:30 a.m. a la ciudadana VILMARIS JOSÉ ALVARADO MEDINA, titular de la cédula de identidad, Nº. 20.488.733, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.