ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, ORDENA: PRIMERO: A la adolescente IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65, PARAGRAFO 2do DE LA LOPNA, a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS AÑOS (02), de conformidad con lo establecido en los artículos620, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 626 Ejusdem, la cual se iniciara en fecha 23 de Mayo de 2007, fecha en la cual será impuesta de la ejecutoria de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, la cual culminara EL DÍA 23 DE MAYO DE 2009. SEGUNDO: Notifíquese a la adolescente para que comparezca el día MIERCOLES 23 DE MAYO, a las 10:00 a.m., para que haga uso del derecho de hacer las observaciones a que haya lugar. Not.....