IV
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO formulado por los ciudadanos: CLAUDINA BOTELLO PALENCIA, DOUGLAS EDUARDO HERRERA BOTELLO, EDUARD JOSÉ HERRERA BOTELLO Y EDITH ANDREINA HERRERA BOTELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.533.415, V-15.485.420, V-18.321.437 y V- 20.486.328 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Manni Katiuska Mejías Osal, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.768.895, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº: 309.887. En consecuencia, se da p.....