Désele entrada, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y cúmplase, en consecuencia entréguese boletas de notificación al ciudadano Alguacil, a objeto de que dicho funcionario practique las referidas notificaciones de los ciudadanos antes mencionados. Una vez cumplida la presente comisión, devuélvanse originales con resultas de estas actuaciones al Juzgado comitente.