Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente acción de Amparo Constitucional intentado por la ciudadana YELITZA MARÍA MARTÍNEZ RUMBO, portadora de la Cédula de Identidad número V.-13.593.540, en contra del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE COJEDES.-
SEGUNDO: ADMITE la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana YELITZA MARÍA MARTÍNEZ RUMBO, portadora de la Cédula de Identidad número V.-13.593.540, en contra del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLO.....