PRIMERO
MOTIVOS DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIDIR
Del análisis efectuado a las actuaciones que conforman el presente expediente, quien aquí decide observa que, el demandado de autos no contestó la demanda y tampoco promovió prueba, mientras que la parte demandante, junto con el libelo consignó una serie de documentos, y entre ellos los referidos al informe suscrito ante la Defensoria Publica Municipal, factura de útiles escolares y recibos de pago por pensión de alimentos por la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000,00) semanales.- Circunstancias que son suficientes para determinar procedente el derecho a solicitar el cumplimiento de la obligación de alimentos ya que para quien aquí decide es un hecho notorio judicial que la suma acordada fue de cincuenta y cinco mil bolívares (Bs. 55.000,00) semanales mas los gastos extraordinarios compartidos por concepto de ropa, calzado, medicinas, consultas medicas y en diciembre el padre se comprometio comprar ropa y cal.....