Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 09:00 a.m, para oír el testimonio de la ciudadana, MILAGRO DEL VALLE NIEVES, titular de la cedula de identidad Nº 14.900.238 y a las 09:30 a.m. para oír el testimonio del ciudadano, YOHAN LOZADA TORREALBA, titular de la cedula de identidad Nº. 11.615.150, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.