CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanosIRLANDA DEL CARMEN LLOVERA y MARTIN JAVIER PULECIO ROCHA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.988.586 yV- 7.137.525 respectivamente y, en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el cuatro(04) dediciembrede mil novecientos noventa y uno(1991), hasta la presente fecha.Segundo:Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la presente decisión, ante el Registro Civil de la Par.....