D E C I S I O N
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Especial de la Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara I N A D M I S I B L E el recurso de apelación ejercido por la abogada María Eladia Ojeda Pérez, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano (se omite el nombre del adolescente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente), en contra decisión dictada en fecha 05 de junio de 2007, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes Sección de Adolescentes en la Causa signada con el alfanumérico 1C-692-05 (nomenclatura interna del Tribunal de Control), mediante la cual admitió las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, admitió la acusación priva.....