el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo Homologación de Obligación de Manutención, presentado por las ciudadanas Leonor Páez, Angie Heredia y Yudith, en su carácter de Consejeras de Protección del Niño, niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de la ciudadana (Se omite el nombre), a requerimiento de los ciudadanos GLADIS RAMONA LINARES TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.533.236, domiciliada en la avenida Bolívar, casa sin número, Apartadero, Parroquia Juan de Mata Suárez, Municipio Anzoátegui del estado Cojedes y RAFAEL DOMINGO TOVAR; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de id.....