Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Sin lugar la demanda de Divorcio, fundamentado en la causal 2ª y 3ª del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, incoada por el ciudadano Aníbal José Alfonzo Borras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.181.446, contra la ciudadana María Leonor Álvarez Peña, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.515.822. Así se decide
Segundo: Se ratifican los acuerdos celebrados respecto de las instituciones familiares, el Régimen de Convivencia Familiar homologado, en el expediente signado bajo el Nro. HP11-J-2013-000471 y las homologadas y establecidas en la audiencia preliminar de Mediación celebrada en fecha catorce (14) de Agosto de 2013. Así se decide.
Tercero: Se mantiene vigente la medida preventiva decretada en fecha 02 de diciembre de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de.....