En el caso objeto de examen se evidencia que desde el día veintisiete (27) de enero de dos mil seis (2006), la parte solicitante, no a impulsado de modo alguno su solicitud, motivo por el cual, esta sentenciadora arriba a la firme convicción que cierta e indubitablemente ha perdido el interés procesal y en consecuencia, este tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara el abandono del trámite por parte de la peticionante ciudadana DELIA ROSA FARFAN, plenamente identificada, en la solicitud de AUTORIZACIÓN DE VIAJE.