Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR La Apelación formulada por el Abogado LUIS ENRIQUE CLAVIJO CARDENAS, actuando en su propio nombre contra la sentencia dictada en fecha 21 de diciembre de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO intentada por el Abogado LUIS ENRIQUE CLAVIJO CARDENAS, actuando en su propio nombre, contra el Ciudadano OSWALDO ANTONIO BOLÌVAR. ASI SE DECIDE.
TERCERO: CON LUGAR la TERCERÌA incoada por el Ciudadano JORGE ALÌ MONTERO MARQUEZ, mediante Apoderado Judicial, contra los Ciudadanos LUIS ENRIQUE CLAVIJO y OSWALDO ANTONIO BOLÌVAR, en consecuencia, por tener mejor derech.....