Por las razones expuestas, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: Edinson José Jiménez Meneses y Vanesa Carolina Dávila Albornoz, previamente identificados. Así se decide. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 30 de marzo de 2012, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo San Carlos, actualmente Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes. Así se declara.