Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes, se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio del ciudadano, TEODARDO EVANGELISTO GONZÁLEZ BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 12.364.252, y a las 10:30 a.m. para oír el testimonio del ciudadano, MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ AGUILAR, titular de la cedula de identidad Nº 17.888.151, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.