Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Interdicción provisional del ciudadano HERACLIO ANTONIO MONSALVE MACHADO, planteada por la ciudadana IDUVIRGINIA MONSALVE MACHADO, ambos identificados en actas y en consecuencia, se DECRETA la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano HERACLIO ANTONIO MONSALVE MACHADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número V-8.989.769, domiciliado en San Carlos, estado Cojedes.-
SEGUNDO: Se DESIGNA como TUTORA PROVISIONAL a la ciudadana IDUVIRGINIA MONSALVE MACHADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad número V-9.135.746 y domiciliada en la ciudad de San Carlos, estado Cojedes, en su condición de.....