Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por el Ciudadano ALVARO LUIS HERRERA ALVAREZ, antes identificado y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: " Declarar COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LUIS MIGUEL HERRERA a sus hijos ALVARO LUIS HERRERA ALVAREZ, LUISA JOSEFINA HERRERA ALVAREZ, LUIS MIGUEL HERRERA ALVAREZ, LUISA MILAGROS HERRERA ALVAREZ, LUIS ANTONIO HERRERA ALVAREZ, JOSÉ RAMON HERRERA ALVAREZ (difunto) y LUIS VALMORE HERRERA ALVAREZ (difunto); como quiera que se encuentra vacantes POR SU MUERTE el lugar de los herederos LUIS ANTONIO HERRERA ALVAREZ y JOSÉ RAMON HERRERA ALVAREZ (difuntos), entran en representación de estos: JOSÉ LUIS y LUISA ABIGAIL HERRERA SILVA, como hijos del difunto JOSÉ RAMON HERRERA ALVAREZ y LUIS VALMORE y LUIS BERNARDO HERRERA ALVAREZ, como hijos del difunto LUIS VALMORE HERRERA ALVAREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de .....