DECISIÓN
En orden a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano, OSWALDO JOSE BARRETO BETANCOURT venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número, 10.327.174, contra la empresa PEPSI COLA VENEZUELA C. A.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año 2009 y publicada a las once y veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo.
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