DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Accidental Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abogado Wilfredo López Medina, en su condición de Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público. SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia Absolutoria dictada en fecha 14 de octubre de 2014, y publicado el texto íntegro en fecha 29 de octubre de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida en contra del ciudadano MARCOS ANTONIO MEDINA BOCANEY, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN AGRAVADA. Así se declara.
Diarícese, regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia de la presente de.....