Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, en fase de conocimiento o constitutiva del procedimiento de ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, intentado por los profesionales del derecho RICARDO DE JESÚS GARCÍA TORRES, actuando en su propio nombre y representación, en contra de quien fuera su representado, ciudadano ELEAZAR ARCANGEL OLIVEROS D LIMA, todos plenamente identificados en actas.-
SEGUNDO: INTÍMESE al ciudadano ELEAZAR ARCANGEL OLIVEROS D LIMA, a pagar al ciudadano RICARDO DE JESÚS GARCÍA TORRES, la cantidad estimada de BOLÍVARES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL (Bs.329.000,00), dentro de los diez (10) días de despac.....