III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por la ciudadana RUTH BEZABETH TORRES PARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-20.115.117 y domiciliada en el sector Caja de Agua II, calle Luís García, casa S/N del municipio Tinaco del estado Cojedes; asistida por la abogada en ejercicio MARÍA HILARIA GONZÁLEZ GASCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 219.913; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante RUTH BEZABETH TORRES PARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-20.115.117 y domiciliada en el Sector Caja de Agua II, Calle Luís Gar.....