En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara Inadmisible la Acción de Amparo "Sobrevenido", interpuesto por los profesionales del derecho abogados Marlon Gavironda, Yamileth Molina Guedez y Leonardo Enrique Moreno Pizani, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. V-7.405.233, V-10.844.502 y V-13.047.246 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Edgar Jesús Duque Zuluaga, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 82.118.240.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior declara terminado el presente procedimiento, y en consecuencia ordena el arc.....