1.- Acuerda la nulidad de la acusación presentada en fecha 23 de octubre de 2008 por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico cursante a los folios 71, 72, 73, 74 y 75 de la primera pieza del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los articulo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.-
2.- Ordena la reposición de la causa al estado que se practique la experticia de activación de huellas dactilares con respecto a la imputada Tailandia Carolina Mendoza, titular de la Cédula de Identidad 16.090.910 con relación al arma que guarda relación con la experticia signada con el numero 9700-127-B-1002-8 de fecha 16/10/2008; así como se acuerda conforme a lo dispuesto en el articulo 230 de la Ley Adjetiva Penal la celebración del acto de reconocimiento en rueda de individuos; debiendo el Ministerio Publico presente el acto conclusivo dentro de un lapso perentorio de treinta (30) días siguientes al día 12/06/2009, fecha en la que este Juzgado dicto en audiencia la parte dispo.....