Por  los  razonamientos antes  expuestos,  este  Tribunal  Primero  Superior  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Contencioso Administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad de la Ley, declara: 
 PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 29 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
 SEGUNDO: Se confirma íntegramente la sentencia apelada.
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.