-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana NORLIN YARIMAR PEÑA BOULLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.165.584, domiciliada en el Sector Corozal 2, Vereda Nº 5, Casa Nº 01, Tinaco, Estado Cojedes, debidamente asisto por la abogada en ejercicio Celia Irenes Rosario Flores, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de identidad V-16.158.636, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.300; el derecho de propiedad Título Supletorio de Propiedad, sobre un Lote de tierra (Terreno) con .....