Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara CON LUGAR la demanda de divorcio por abandono voluntario interpuesta por el ciudadano MANUEL DE JESUS AMARISTA ROSAL, en contra de la ciudadana CARMEN COROMOTO ALVAREZ RINCONES, ambos identificados en actas.
Se condena en costas a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.