Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental N° 19 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Francisco Antonio Hernández Bello, asistido por el Abogado José Antonio Romero Velásquez, contra el fallo proferido en fecha 16 de Diciembre de 2008 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 01. SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el aquo, mediante la cual NIEGA la entrega del vehículo con las siguientes características: MARCA: Toyota, MODELO: SAmuray, AÑO: 86, COLOR: Marrón; CLASE: Camioneta: TIPO: Sport Wagon; USO Particular; PLACAS: XFE-492; SERIAL DE CARROCERIA: FJ62057587; SERIAL DE MOTOR: 3FK860019. Así se decide.