IV.- Decisión.-
Por las razones expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara Extinguido el Proceso en virtud de haberse configurado la Pérdida de Interés en el proceso que por Reconocimiento de Contenido y Firma intentara el ciudadano Pedro José Reyes Martínez, asistido por el abogado Roberto Pérez Mireles, contra el ciudadano Javier Antonio Páez Daboin, todos plenamente identificados en actas y en consecuencia, se declara Terminado el proceso y se ordena su archivo . Así se decide.-
No hay condenatoria en costas en virtud de no haberse trabado la litis y no resultar totalmente vencida alguna de las partes, por interpretación en contrario del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regíst.....